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En sesión celebrada el 28 de febrero de 1947, diez años después de la clausura de Instituto Elemental de Segunda Enseñanza Manuel Bartolomé Cossío, el Alcalde Clemente Cantera Orive daría cuenta de las gestiones realizadas por la Comisión que, por él encabezada, había realizado en Madrid y en relación con la enseñanza, comentaría:
La realizada a Romualdo de Toledo, Director General de Primera Enseñanza, siendo acompañado por José María Mazón y el Primer Teniente de Alcalde Teófilo Orbañanos, recibiendo la seguridad de que en fecha próxima se establecería en la Ciudad un INSTITUTO LABORAL, ya que para ello se daría preferencia a los municipios en los que se habían suprimido los Institutos Elementales de Segunda Enseñanza.
Para su consecución el Alcalde Clemente Cantera, en esta ocasión acompañado por el Secretario Germán González y el Oficial Mayor Enrique Hermosilla, volvería a desplazarse a Madrid, dando cuenta de sus gestiones el 17 de junio de 1947, comunicando que regresaban plenamente satisfechos por las impresiones, francamente favorables, de cuantos asuntos habían tratado con diversos Centros y personalidades, detallando:
Respecto a la creación de Institutos Laborales, fecha de funcionamiento y extensión de los conocimientos que en los mismos se cursarían, tan importante en sí, y por la situación por la que atravesaba el Centro de Enseñanza Media, diría el señor Cantera: que habían visitado, acompañados de José María Mazón, al Director General de Primera Enseñanza Romualdo de Toledo, quien les había asegurado que en septiembre estarían creados varios, siendo los tres primeros los de Algamesí, Molina de Aragón y Haro, pues era interés del Caudillo y existía un crédito de 200.000.000 de pesetas para ello, no siendo preciso al Ayuntamiento más que ofrecer el local donde pudiera instalarse habiéndose recomendado la conveniencia de que fuese en el que estuvo ubicado el Instituto de Enseñanza Media Cossío.
Viaje que repetiría finalizando el mes de octubre del mismo año, del 20 al 23, acompañado por Enrique Hermosilla, informando en sesión celebrada el día 5 de noviembre que, del Instituto Laboral, el Director General de Enseñanza Universitaria Cayetano Alcázar, nos informó que no hay nada dispuesto en relación con la creación de estos centros, pues forma parte integrante de la reforma que se pretende en la segunda enseñanza.
Creación de institutos laborales en España
El 8 de julio de 1948 la Corporación quedaría enterada de una comunicación del Gobernador Civil de la provincia, Negociado 3º, Nº 448, de fecha 28 del pasado mes de junio, trasladando un escrito que el día 23 del mismo mes le había dirigido el Director General de Enseñanza Media, en el que se decía:
Para cumplir uno de los deseos del Jefe del Estado sobre materia de enseñanza, referente a la creación de los Institutos Laborales que comenzarán a funcionar el primero de Octubre venidero, Esta Dirección General ruega a V.E. se sirva informar a este Departamento Ministerial y a la mayor brevedad posible, sobre los siguientes extremos:
1º.- Poblaciones de la provincia de su digno mando en las que podría funcionar un Instituto Laboral (Bachillerato).
2º.- Censo escolar aproximado que podría servir de base para lograr plena eficacia en un Centro de este tipo.
3º.- Edificio que actualmente exista, utilizable, medios, material pedagógico, etc… que podrían ofrecer los Ayuntamientos respectivos, para la instalación de un Instituto de esta clase, advirtiéndose que su desarrollo pedagógico sería gradual, es decir, primer curso para el próximo año escolar, etc…
A continuación, el señor Alcalde expondría: que con esta comunicación se da estado oficial a tan vital asunto, sobre el que ya hace bastante más de un año viene realizando gestiones este Ayuntamiento, por lo que estimaba que era el momento de puntualizar los informes pedidos y elevarlos con urgencia al Excmo. Sr. Gobernador Civil, visitándole para ampliar conceptos de palabra para que su informe al Ministerio recogiera bien las justas y legítimas aspiraciones de Haro.
Discutido ampliamente el asunto y considerando unánimemente que con motivo de haber sido creado en 1933 un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza que fue clausurado por orden de la Junta Técnica del Estado para el curso de 1937-38 y para el cual se proporcionaron medios por el Excmo. Ayuntamiento, hay razón para pretender que uno de los nuevos Institutos Laborales a que la comunicación se refiere sea concedido al Municipio de Haro, que podría facilitarle el material pedagógico y otros medios que se exijan, Instituto que podía contar con el edificio en que estuvo el Elemental, en el actual Centro de Enseñanza Media, e incluso, si las necesidades lo requieren acometer la construcción de uno de nueva planta; se acordó proseguir las gestiones iniciadas tan pronto como se tuvo conocimiento, hace más de un año, del propósito del Caudillo de crear estos Centros de Enseñanza, y que, por el Sr. Alcalde, se formulen al Excmo. Sr. Gobernador Civil los informes solicitados en los términos siguientes:
Primero.- Por Decreto del 26 de Agosto de 1933 se dispuso que en los Municipios que enumeraba en su artículo 2º y entre los cuales se encuentra el de Haro, podrían crearse Institutos Elementales de Segunda Enseñanza, si contribuían a ello en la medida propuesta, y, una vez cumplidos por el Ayuntamiento los requisito exigidos y hechas las aportaciones a que se comprometió, fue creado por Decreto del Ministerio de Instrucción Pública de 28 de Octubre del mismo año (Gaceta de Madrid del día 30 siguiente) con carácter definitivo; Instituto que funcionó durante los cuatro cursos, de 1933 a 1937, hasta que, la Junta Técnica del Estado, por Orden de 14 de septiembre de 1937, acordó clausurarlo, con efectos a partir de 1º de Octubre, por las razones que en ella se aduce.
Desde entonces no ha vuelto a funcionar el Instituto, por lo que cree la Corporación que, al ser creados ahora nuevos Institutos con carácter Laboral, debe tenerse en cuenta para conceder uno a esta Ciudad, los esfuerzos y gastos realizados por ella para instalar el Elemental que, por las circunstancias que siguieron a nuestro Glorioso Alzamiento, solo pudo funcionar durante cuatro cursos.
Segundo.- El censo escolar aproximado que podría servir de base para que el Instituto Laboral tuviera plena eficacia es difícil determinarlo mientras no se conozcan concretamente las materias que su enseñanza haya de abarcar; pero, atendiendo a la matrícula de diversos establecimientos de esa clase que existe, Centro de Enseñanza Media, subvencionado por el Ayuntamiento, Academia Almi y otros Colegios, no es aventurado dar como número probable para las enseñanzas de aquel el de 70 alumnos, que aumentarían en años sucesivos, tanto con jóvenes de esta Ciudad como con otros de los Municipios de los partidos de Haro y Santo Domingo de la Calzada y otros de las provincias de Burgos y Logroño, excelentemente comunicados con el nuestro, que a medida que fueran aumentándose los cursos creemos firmemente que habrían de exceder pronto de ciento cincuenta.
Tercero.- El Excmo. Ayuntamiento de Haro considera utilizable el mismo edificio en que funcionó el Instituto Elemental, o el del Centro de Enseñanza Media que este verano ha de trasladarse a local amplio y situado cerca de nuestros mejores jardines.
En el Centro de Enseñanza Media hay material de lo que el Ayuntamiento suministró para el Instituto Elemental y que puede, en gran parte, ser utilizado en el Laboral, así como podría ser reintegrado a éste lo que fue entregado al Sr. Director del Instituto Nacional de Segunda Enseñanza de Logroño hace algunos años.
También está dispuesto este Ayuntamiento a suministrar cuantos medios y material pedagógico se exija, con arreglo al desarrollo que cada año vaya adquiriendo el Instituto. Teniendo pensado, incluso si las necesidades del nuevo Centro lo requirieran, la construcción de un edificio de nueva planta.
En sesión celebrada por la Comisión Permanente del Ayuntamiento el 18 de febrero de 1950 se daría cuenta de un oficio del Presidente de la Excma. Diputación, en el que se podían leer las normas para la solicitud de creación de Centros Oficiales de Enseñanza Media y Profesional en cuyos artículos se definía que, a las instancias que habían de elevarse a la Presidencia del Patronato Nacional, por conducto de dicho Presidente, deberían ser acompañadas por Certificación del acuerdo de creación, indicación de las modalidades de Enseñanza Media y Profesional a desarrollar en el mismo, con exposición de las líneas generales sobre constitución interna del Centro que sirviesen de base a la Carta Fundacional, Memoria amplia sobre las razones de carácter cultural, económico, social, etc… que justificasen la creación, ofrecimiento que la Corporación o Entidad solicitante hace al Estado para cooperar en la fundación y funcionamiento (Edificios, campos de experimentación mobiliario, viviendas para Profesores, subvención anual fija para gastos de personal y material, u otras aportaciones) que habrían de ser tenidas en cuenta. Ofrecimientos que deberían ser específicamente acreditados, indicando la naturaleza jurídica de la cesión acompañados planos de inmuebles y relación de cuantía en otro caso, y si las aportaciones fueran en metálico, el acuerdo llevaría aparejada su consignación en el Presupuesto. Las Corporaciones que, como ésta, tenían ya en el Misterio su petición, deberían ratificarlas, si lo deseaban, formalizándola y completándolas de acuerdo con estas normas.
Al estimar la Comisión que no sería posible ratificar la instancia elevada anteriormente al Ministerio, ante el gran desembolso que representaría la instalación y por no disponer de inmuebles adecuados, de propiedad municipal, para ofrecer y siendo, por otra parte, atribución del Pleno resolver sobre esta materia, se acordaría someterlo a su estudio en la próxima sesión trimestral.
El 25 de marzo se debatiría sobre las Normas necesarias para solicitar la creación de un Centro de Enseñanza Media y profesional. Discutido suficientemente el asunto y no obstante a los excelentes de todos los Sres. Concejales en conseguir la creación del Centro en esta Ciudad; se estimó que la carga que un ofrecimiento suficiente para lograr tan buen propósito se echaría sobre el erario municipal es superior a su potencialidad económica y que por tanto, de momento, no procedía ratificar la petición que se tiene formulada, confiando en que en mejor ocasión pueda hacerse, y así se acordó.
En la sesión de la Comisión Permanente celebrada el 20 de febrero de 1952, en su punto 2º, se daría lectura de una Circular que el Director General de Enseñanza Laboral había dirigido a los Gobernadores Civiles orientándoles para la creación de Centros Oficiales de Enseñanza Media y Profesional, los llamados Institutos Laborales, y que había remitido con atento Saluda su Secretario particular, demostrando el interés de que se crease uno de ellos en Haro.
Dada la importancia del asunto y que todo acuerdo sobre este asunto era de competencia del Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta la proximidad de la celebración de su sesión mensual se acordaría someterlo a su conocimiento y resolución, que, a juzgar por los informes obtenidos en visita realizada la misma tarde, al de Miranda de Ebro, podía ser relativamente fácil y conveniente establecerlo con una aportación no superior a 50.000 pesetas anuales, estableciéndolo en el mismo edificio de la Escuela Elemental de trabajo que era de propiedad estatal.
El día 26 de febrero del mismo año volvería a leerse la Circular que el Director General de Enseñanza Laboral había dirigido a los Gobernadores Civiles orientándoles para la creación de Centros Oficiales de Enseñanza Media y Profesional, los llamados Institutos Laborales. Carta que detallaba los documentos que deberían incluirse en el expediente, siendo:
1º.- Acuerdo del Pleno solicitando la creación.
2º.- Memoria explicativa de las razones políticas, culturales, sociales y económicas de la comarca con especial reseña de las estadísticas de producción y censo escolar.
3º.- Acta legalizada del acuerdo del Ayuntamiento por el cual se ofrece un edificio adecuado, de propiedad municipal o estatal.
4º.- Acta legalizada del acuerdo del Ayuntamiento Pleno por el que éste se compromete a proporcionar casa-habitación gratuita al Profesorado del Instituto Laboral, o subvención equivalente y adecuada.
5º.- Acta legalizada ofreciendo en cesión o usufructo incondicionado campos de experimentación, para los de carácter agrícola y ganadera o talleres y enseres adecuados para prácticas en caso de Institutos industriales o marítimos.
6º.- Otra comprometiéndose a pagar al personal administrativo y subalterno necesario para el Centro Laboral, y otra sobre las aportaciones económicas o de material que el Ayuntamiento pueda conseguir de las entidades económicas de su comarca o de los municipios de su partido judicial, elevando el expediente así formado al Sr. Presidente de la Diputación Provincial en su calidad de Presidente del Patronato Provincial de Enseñanza Media y Profesional, debiendo comprometerse la Diputación a pagar una subvención anual de 50.000 pesetas por cada Centro Laboral que se funde en su provincia.
A continuación el Alcalde Clemente Cantera Orive, informaría: que el día 20 visitó con los compañeros José Palacín, Rafael Simón Ruesga, el Secretario Germán González y el Oficial Mayor Enrique Hermosilla el Instituto Laboral recientemente inaugurado en Miranda de Ebro, instalado en un Grupo escolar, habiéndose informado por la amabilidad de los Sres. Alcalde y Secretario de dicho Ayuntamiento de que para el Ayuntamiento no supone otro gasto que el de contribuir con 50.000 pesetas anuales a las obligaciones a que se refieren los extremos de la circular, y que creía que se podía solicitar el establecimiento, de uno de tipo con preferencia Industrial y de no ser posible industrial-agrícola o solamente agrícola en el edificio del Estado destinado a Escuela Elemental de Trabajo y próximo a terminarse, el cual cuenta con talleres y enseres que podrían ser aprovechables, estimando que dado que ambos centros corresponden ahora a la nueva Dirección de Enseñanza Laboral y que caben en un Instituto Laboral Industrial las enseñanzas que se den en la Escuela de Trabajo, podría aquel absorber a ésta.
Aclaradas algunas observaciones de los señores Concejales, se acordaría, por unanimidad, solicitar la creación de un Instituto Laboral con preferencia de tipo Industrial, en la forma expuesta por el Alcalde Clemente Cantera Orive, la cual quedó autorizada ampliamente para gestionar su consecución, presentando instancias y aportando al expediente cuantos documentos se requiriesen y pudieran ser exigidos por los Centros oficiales competentes.
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