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El Diario La Rioja con fecha de corresponsalía 19 de septiembre de 1933, publicaría la recepción de un telegrama del diputado Amós Sabrás, anunciando su visita, el día 22, ostentando la representación de la Junta Cultural, en compañía del arquitecto del Ministerio de Instrucción Pública para que con toda rapidez quedasen habilitadas definitivamente las aulas para las clases, indicando, asimismo, la necesidad de que se abriese, inmediatamente, la matrícula de alumnos para el próximo curso.
En vista de lo que el mismo día quedaría abierta la matrícula en la Secretaría del Ayuntamiento, donde se darían toda clase de explicaciones esperando que se inscribiesen con toda premura cuantos alumnos tuviesen intención de continuar los estudios de Bachillerato, tanto de esta ciudad como de los pueblos de los partidos judiciales de Santo Domingo de la Calzada y Nájera, por el beneficio que indudablemente habrían de obtener por la proximidad a sus respectivas localidades y otros dignos de tenerse en cuenta.
Las clases, seguiría diciendo, daría comienzo en los primeros días de curso y podrían matricularse no solamente los estudiantes de ingreso y primer año, sino hasta el quinto curso inclusive, pues como ya se sabía en este Instituto se cursarían los estudios completos de bachillerato.
Al día siguiente serían repartidas al público y enviadas a los pueblos unas hojas, que decían:
Instituto Elemental <Cossío> de Segunda Enseñanza de Haro.- Matrícula oficial. Habiendo sido concedida a Haro la creación de un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza, que llevará el nombre del glorioso pedagogo español e hijo preclaro de esta ciudad, don Manuel Bartolomé Cossío, se pone en conocimiento general que durante todo el mes de septiembre actual ha quedado abierta la matrícula de los estudios de Bachillerato, para aquellos alumnos que deseen cursarlos en este Centro por enseñanza oficial.
Las inscripciones de alumnos se harán en las oficinas de la Secretaría de este Ayuntamiento, en donde se facilitará la solicitud en la cual se indicará con toda claridad las asignaturas en las que desee matricularse, anotando la cédula personal del alumno si tiene más de catorce años, o la de su padre o encargado si es menor.
Los derechos de matrícula para todo el curso 1933-34, serán de doce pesetas en papel de pagos del Estado, por cada una de las asignaturas en que se matricule; quince pesetas en metálico por servicios de educación y cultura y un timbre móvil de 25 céntimos y otro de 15 céntimos (Es decir igual que en todos los Institutos)
La matrícula para el próximo curso quedará cerrada el día 30 del actual mes de septiembre, debiendo hacerse las inscripciones con mayor premura posible, al objeto de ultimar inmediatamente los detalles para el comienzo normal de las clases.
El Ayuntamiento de mi presidencia, conocidos los ferviente anhelos que por conseguir este Centro de cultura superior ha dado evidentes pruebas no solamente al vecindario harense, sino al de las localidades circunvecinas, espera con la confianza más absoluta, que por todos se habrá de prestar la más decidida colaboración y el más firmísimo apoyo, con el matriculado de alumnos para cursar la enseñanza oficial del Bachillerato, con lo cual se habrá conseguido, no solamente una vida dilatada y brillante del Instituto harense, sino que a la par se traducirá en un inmediato beneficio de los interesados, por la proximidad de sus localidades respectivas.
Haro, 20 de septiembre de 1933. El alcalde.- P. F. Lacuesta.
Además es conveniente hacer constar que los que deseen solicitar matrícula gratuita, lo pueden también hacer hasta el 30 del actual, presentando los documentos siguientes: Instancia suscrita por el padre del alumno, reintegrada con póliza de 1,50 pesetas, dirigida al director (aún no designado) del Instituto y acompañando a ella, certificación del Ayuntamiento acreditativa de no poseer bienes; ídem del Juzgado, en la que constará el número de hijos que tiene, y certificado del jefe o habilitado del Centro o Casa donde preste servicios acreditando el sueldo que disfruta.
El número de alumnos con matrícula gratuita no podrá exceder del veinticinco por ciento de la matrícula total.
El 22 de septiembre de 1933 volvería a tratarse sobre el Instituto:
Se manifiesta por la Presidencia que cumpliendo el acuerdo adoptado en la sesión pasada, se enviaron cartas no solamente a los señores Diputados por esta provincia sino a la propia Junta de Cultura encargada de la sustitución de la Enseñanza Religiosa, solicitando las aclaraciones pertinentes respecto a la forma definitiva en que había de funcionar el Instituto creado en esta población, a la apertura de matrícula de alumnos y demás extremos interesados, pero que sin perjuicio de recibir la debida contestación a estas consultas, realizó el lunes pasado una visita al Instituto de Calahorra, donde recibió evidentes muestras de atención por parte del Alcalde de aquella Ciudad y señor Director del Instituto.
Dice que el objeto de su viaje no fue otro que el de enterarse minuciosamente de la forma en que funcionaba aquel Centro docente, que es muy similar al que se ha concedido a Haro observando que son cinco aulas las allí establecidas más otra de dibujo y trayéndose un original de cada uno de los impresos necesarios para la apertura de curso, exámenes, listas etc., También indica la Presidencia que según indicaciones hechas por el señor Sabrás y Arquitecto del Ministerio que han visitado hoy los locales del edificio ofrecido al Estado para la instalación del Instituto, pueden muy bien habilitarse igual número de aulas que en Calahorra, necesitándose para dar comienzo a las clases, construir por el momento setenta y cinco mesas bipersonales y cinco para el profesorado, habiendo creído más conveniente solicitar autorización del Ayuntamiento para que dicho mobiliario sea construido en Haro que no traerlo de Madrid.
El señor Gómez Cruzado indica que también es de parecer que sean construidas las mesas en Haro, siempre que el precio sea más económico que adquiriéndolas en Madrid.
Vuelve la Presidencia a indicar que efectivamente de conversaciones sostenidas hoy con todos los carpinteros locales deduce que el precio habrá de ser más económico y que además el señor Sabrás ya le ha indicado que ha logrado conseguir alguna cantidad de subvención para ayudar a la adquisición del material, sin expresarle la cuantía de la misma.
Como se preguntara por el señor Martínez Lacuesta sino podía darse alguna formalidad al concurso para la construcción de las mesas, el señor Alcalde expone la conveniencia de encargarlas a la mayor brevedad, pues el curso ha de comenzar dentro de breves días, a cuyo objeto dentro de breves días o sea en la próxima semana se designará al Director del Instituto para que organice debidamente la matrícula y serán nombrados los Catedráticos.
Se hace uso de la palabra por el señor Mazón, preguntando a la Presidencia si se ha cerciorado debidamente de que el Instituto está oficialmente creado pues sigue opinando que aunque de hecho ya está concedida la creación, no lo es de manera definitiva por no haber aparecido el Decreto de creación en la Gaceta.
Sigue opinando que debe gestionarse el que se de estado legal a este asunto o en su defecto se digan las gestiones que debe hacer el Ayuntamiento para conseguirlo, prometiendo la Presidencia hacerlo así, a cuyo efecto se pondrá al habla con el señor Sabrás que se encuentra en el Ayuntamiento.
El mismo señor Mazón, interesa de la Comisión de Hacienda, estudie con toda rapidez el procedimiento para obtener la cantidad precisa para las obras del Instituto, pues es muy necesario aunque para el mobiliario ya facilita una subvención el Estado.
Pregunta el señor Martínez Lacuesta si de la inspección realizada por el señor Arquitecto del Ministerio, se hace preciso realizar alguna obra importante en el edificio del Instituto, contestando la Presidencia que cree que no, que en todo caso habría que hacer una reforma de los evacuatorios.
En la sesión extraordinaria celebrada el 25 de septiembre de 1933:
Por la Presidencia se manifiesta, que el objeto de esta sesión extraordinaria, es, como se indica claramente en el enunciado de la convocatoria, ratificar al Ministerio de Instrucción Pública, los ofrecimientos de edifico y aportación económica necesarias para lograr crear en Haro un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza, tan deseado por el vecindario harense y por la Región en general, no solamente porque ello vendrá a redundar en un inmediato beneficio para la población, sino más principalmente que con su instalación se habrá llevado cumplidamente una imperiosa necesidad sentida desde hace muchísimo tiempo, de dotar a Haro de un Centro de Cultura superior que cole las esperanzas del pueblo todo de encontrar nuevos y más abiertos caminos que le capaciten para un trabajo más consciente, fecundo y remunerado, y al mismo tiempo de satisfacer los tan manifestados anhelos populares de la Región entera donde ha crecido continua y progresivamente el número de los que aspiran a seleccionarse, de los que quieren mejorar su condición de ciudadanos con una más elevada instrucción.
Entiendo así, continúa diciendo la Presidencia, la misión primordial de este Ayuntamiento y obedeciendo a los fervientes anhelos manifestados por todos los centros políticos en sus distintos matices ideológicos de la población, sociedades recreativas y de cultura, Federaciones obreras, Comunidades de Labradores, Sociedad “Defensa Mercantil” integrada por todos los comerciantes e industriales harenses, y en general no solamente por la totalidad de fuerzas vivas locales sino por el vecindario en masa, saben los señores Concejales, que con fecha de dos de junio del corriente año, se elevó al Excmo. Señor Ministro de Instrucción Pública una razonada instancia fundamentando la imperiosa necesidad de ser instalado en esta población un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza, no tan solo para desvincular la cultura hasta ahora patrimonio de una sola clase social que disponía de elementos pecuniarios para dar a sus hijos una más amplia instrucción, sino también para que la población contara con elementos de instrucción y cultura suficientes de los que tan necesitada se sentía y principalmente para poder llevar a feliz realización la sustitución de la Enseñanza Religiosa, dada hasta ahora por una Comunidad confesional.
En tal instancia se hizo al Estado el ofrecimiento formal de proporcionar el edificio necesario, donde instalar el Instituto de Segunda Enseñanza solicitado, al que se dotaría del menaje o mobiliario correspondiente y demás aportaciones complementarias, en el noble empeño de que fuera pronto una realidad el deseo de la población.
Posteriormente fue entregado con fecha siete de julio un documentado informe del Consejo Local de Primera Enseñanza al Excmo. Señor Ministro de Instrucción Pública, en el que ampliando los razonamientos y exponiendo más extensamente la necesidad de crear el indicado centro docente, se ratificó la oferta de entregar al Estado el edificio adecuado para la instalación del Instituto y al propio tiempo aportar una cantidad prudencial para el sostenimiento del Centro, en cuantía a las fuerzas económicas del Ayuntamiento y a la capacidad contributiva del vecindario.
El dignísimo señor Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes acogiendo con todo cariño los legítimos anhelos del pueblo de Haro, por Decreto de 26 de Agosto próximo pasado determinó en el artículo 2º del mismo, la posibilidad de ser creado en nuestra población un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza si el Municipio contribuía a ello en la medida propuesta por el propio Decreto o si el Gobierno lo consideraba imprescindible a los fines de la Enseñanza, indicándose así mismo en el artículo 6º que los Municipios comprendidos en la relación que se expresaba debían entregar al Estado el edificio adecuado para Instituto Elemental y efectuar las reformas precisas para dejarlo en condiciones pedagógicas.
Por alguno de los señores Concejales se hace uso de la palabra abundando en razonamientos idénticos a la Presidencia y por absoluta unanimidad se acuerda ofrecer al Estado el edificio contiguo a la Casa de Caridad de esta población, situado en la Calle de la Vega, con el solemne compromiso de realizar en él cuantas reformas sean precisas a juicio del Ministerio de Instrucción Pública.
Vuelve a hacer uso de la palabra la Presidencia, manifestando que el deseo más grande del Ayuntamiento hubiera sido el de aportar la cantidad total que determina el indicado Decreto de 26 de agosto próximo pasado para contribuir al sostenimiento del expresado centro docente, pero es tan precaria la situación del erario Municipal, que resulta poco menos que una invencible dificultad, por los enormes sacrificios económicos que el Ayuntamiento tiene que realizar en todos los órdenes de la vida social, que absorben la casi totalidad del presupuesto municipal. Sin embargo, y como el deseo más ferviente es el de conseguir la creación del Instituto, propone la Presidencia, que se haga la promesa al Ministerio de Instrucción Pública de que se procurará contribuir con la cantidad que le sea posible a la Corporación, aunque por el momento no pueda determinarse la cuantía.
Por unanimidad se acuerda aceptar la propuesta de la Presidencia, la que se transmitirá al Ministerio de Instrucción Pública, con ruego de que sea inmediatamente creado en esta Ciudad un Instituto Elemental de Segunda Enseñanza, para lo cual se aportará el edificio necesario.
Por último, por todos los señores Concejales se acuerda suplicar al indicado Ministerio, que teniendo en cuenta las razones apuntadas, se digne aplicar al expresado Instituto los beneficios establecidos por el Decreto de 26 de Agosto último, considerándolo como de imperiosa necesidad y estimando que las condiciones económicas del Municipio de Haro no permiten conceder la aportación económica en la cuantía que expresa el tan repetido Decreto, en igual forma que se ha establecido por Decreto el 14 de Septiembre (Gaceta del 15) para los Institutos Elementales de Segunda Enseñanza de Arévalo, Astorga, Medina de Rioseco, Monforte de Lemos y Toro, si bien se compromete el Ayuntamiento de Haro a contribuir en las condiciones económicas que con el Ministerio de Instrucción Pública puedan concertarse y se juzguen posible y equitativas, enviándose copia literal certificada de este acuerdo para que pueda surtir los efectos pertinentes.





