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El Gobierno Vasco aprueba la DOP Viñedos de Álava

Sólo podrá ser empleada en la comercialización de vinos que cumplan las especificaciones del pliego de condiciones enviado a la Comisión Europea

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica este martes la Orden de 7 de octubre de 2022, de la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantza Tapia, por la que se aprueba la Denominación de Origen Protegida Viñedos de Álava y se concede “la protección nacional transitoria”.

Según recoge el BOPV de este martes, el reglamento de la Comisión Europea, en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la representación, establece que “los Estados miembros podrán conceder protección a un nombre, únicamente de forma transitoria y a escala nacional, con efectos desde la fecha en la que se haya remitido la solicitud de protección a la Comisión”.

Protección nacional transitoria

Esta protección nacional transitoria cesará a partir de la fecha en que se tome una decisión de protección en virtud del Reglamento (UE) número 1308/2013 o en que se retire la solictud.

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Así, se aprueba la DOP Viñedos de Álava y se concede, hasta que la Comisión Europea adopte una decisión sobre la inscripción, la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida, que “sólo podrá ser empleada en la comercialización de vinos que cumplan las especificaciones del pliego de condiciones remitido a la Comisión Europea”.

Asimismo, a través de la orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se autoriza a la Fundación Hazi Fundazioa para realizar las tareas de “control y certificación” de los productos de de la denominación de origen.

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Por otro lado, la Comisión Rectora propuesta por la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) ejercerá, de “manera provisional”, hasta la aprobación del reglamento y de la constitución de los órganos que el mismo disponga, las funciones de Consejo Regulador para la gestión del etiquetado y sus registros.

Además, contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la consejera del Gobierno Vasco en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación (19 de octubre) o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

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