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Lo que dice el BOE que se puede hacer o no en la fase 1 de la desescalada

La Rioja entra este lunes en la fase 1 de la desescalada hacia la nueva normalidad
  • Actualización 19:30 horas: El Gobierno cambia de criterio y permite ir a segundas residencias en la misma provincia en la fase 1.

La Rioja avanza casilla y desde este lunes estará en fase 1 de la desescalada. En este sentido, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la orden que regula la flexibilización de las medidas de restricción de movimientos y actividades dentro de esta fase, que entrará en vigor desde el lunes y que afecta a más de la mitad de población española.

La orden afecta al territorio completo de Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Aragón, Extremadura y Murcia, así como de Canarias y Baleares, donde se suman todas las islas a las que ya estaban en fase 1 en ambos archipiélagos, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Principales medidas Orden SND/399/2020 que entra el lunes 11 de mayo

  • Se establecen medidas para garantizar la protección de los trabajadores en su puesto de trabajo, y evitar la concentración de personas en determinados momentos.
  • Se permite circular por toda la Comunidad Autónoma.
  • Se flexibilizan las medidas en velatorios y entierros, siempre que se respeten las condiciones de prevención e higiene.
  • Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
  • Se mantiene la apertura de los locales y establecimientos minoristas siempre que tengan una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados.
  • Podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, y la ITV.
  • Se establecen las condiciones de seguridad e higiene aplicables al abastecimiento de productos alimentarios y de primera necesidad, a través de mercadillos.
  • Se establece la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración. La ocupación máxima permitida será de diez personas por mesa, limitándose al 50% el número de mesas permitidas con respecto al año anterior.
  • Se señalan las condiciones en las que pueden volver a realizarse producciones audiovisuales con las necesarias medidas de seguridad e higiene.
  • Se permite la reapertura y que se puedan llevar a cabo los servicios de restauración y cafetería en hoteles y establecimientos turísticos cuando ello sea necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, y exclusivamente con respecto a los clientes hospedados. Dicho servicio no podrá prestarse en las zonas comunes, que permanecerán cerradas.
  • Finalmente, se dispone que se podrán volver a realizar las actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 10 personas.
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