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Historias de Haro: nuestra plaza de toros ‘El Coso’ (I)

La Plaza de Toros se ubicaría en una heredad situada en el término Los Rosales en el paraje denominado “EL CRUCIFIJO”
La Plaza de Toros vista desde el Alto de Santo Domingo hacia 1900 | Foto: Archivo F. de la Fuente

No hacía un mes que había finalizado la Feria septembrina de 1884, cuando, a primeros de octubre, en el Gabinete de lectura de la Unión Artesana, sería exhibido el croquis del proyecto de una Plaza de Toros de piedra para la Villa que había sido diseñado por el Maestro de obras Juan García Ros con la colaboración del escultor Juan Alvariñas.

Tal proyecto sería presentado al Ayuntamiento dándose lectura de una instancia remitida por la Junta Directiva de Accionistas en la sesión celebrada, bajo la presidencia del Alcalde José Garate, el sábado 4 de diciembre, mediante la que se solicitaba:
“1º.- Autorización para ocupar un pequeño espacio de terreno a la parte del camino de Zarratón entre los árboles recientemente plantados y la tapia de la huerta de Matilde Belunza, sitio designado para la implantación de esta plaza.
2º.- Que la Corporación municipal se digne a nombrar a uno o dos individuos de su seno, para que asociados, como meros particulares y sin carácter alguno de autoridad, a la comisión que nombre la Junta, inviten a los vecinos de esta villa, á suscribirse voluntariamente por las acciones que deseen para dar inicio a una obra de tan reconocida conveniencia y utilidad para la población”
.

Respecto al primer punto la Corporación acordaría, que la Comisión de Policía Rural inspeccionase el terreno para informar si procedía.

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Y sobre el segundo, serían designados el Teniente de Alcalde Ernesto Salinas y el concejal Arturo Marcelino, para que ayudasen, en la forma que creyesen más conveniente, a la Comisión de la plaza en sus gestiones.

El informe de la Comisión de Policía sería dado a conocer en la sesión celebrada el jueves 11 del mismo mes, opinando que no había encontrado ningún impedimento para su instalación, pero condicionando a que el metro que sobresalían las estacas colocadas como límite de la Plaza, respecto a la línea de árboles del camino, se compensase ensanchándolo por el lado contrario y plantando los árboles pertinentes al límite de la nueva cuneta, siendo los gastos siempre a cuenta de la Junta de accionistas.

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La Plaza de Toros se ubicaría en una heredad situada en el término Los Rosales en el paraje denominado “EL CRUCIFIJO”, que en el título de su procedencia figuraba con una extensión de tres fanegas y diez celemines; pero que, medida por el perito Emilio Manero, resultaría ser de noventa y siete áreas y treinta centiáreas, equivalentes a cuatro fanegas, siete celemines y ciento setenta y cinco varas. Estando inscrita en la antigua Oficina de Hipotecas del Partido de Haro, entre los folios 1.014 al 1.081 del libro de Haro para fincas rústicas, siendo sus límites: Norte, carretera Haro a Ezcaray; Sur, camino de Zarratón; Este, huerta de Matilde Belunza López de Angulo; y Oeste, huerta de Juana Pereda.

Capital de 95.000 pesetas

Para su total realización, el 30 de octubre de 1885, sería constituida, en la notaría de Vicente García Calzada, una Sociedad Anónima denominada COMPAÑÍA DE LA PLAZA DE TOROS DE HARO, con un capital de 95.000 pesetas dividido en 950 acciones de 100 pesetas, nominativas y transferibles, que de no ser cubiertas serían sustituidas por obligaciones hipotecarias al 7% de interés anual amortizables por sorteo, pero sin fijar el número de las que deberían extinguirse cada año, cuestión que dependería de los beneficios que obtuviera la Sociedad.

Historias de Haro: nuestra plaza de toros 'El Coso' (I) 1

En esta escritura Matilde Belunza, como propietaria de la finca, ingresaría como accionista en la cantidad de 5.000 pesetas, bajo las siguientes condiciones:

“1ª.- Las 5.000 pesetas que representan las 50 acciones, valor del inmueble, rendirían el 6% anual.
2ª.- Estos réditos serían retrotraídos al 30 de septiembre de 1884, fecha de cesión de la heredad.
3ª.- La amortización de las 50 acciones debería tener lugar con los primeros productos que en la Plaza de Toros se obtuviesen, deducidos los gastos comunes e intereses de las obligaciones hipotecarias.
4ª.- Como garantía del pago de las 5.000 pesetas, y de sus intereses, la finca quedaría hipotecada.
5ª.- De cuenta de la establecida Sociedad Anónima serían los gastos de constitución y cancelación de la hipoteca reseñada.”

El mismo viernes día 30 de octubre de 1885 se acordaría, al no haberse colocado las acciones, y para contar con suficientes recursos para finalizar la Plaza, emitir las obligaciones hipotecarias. Títulos que serían suscritos por el Presidente, Tesorero y Secretario de la Sociedad, autorizándoseles para otorgar escritura hipotecaria, como garantía de las obligaciones, que se realizaría en la misma notaría el día 30 de noviembre de 1885.

Los otorgantes adquirirían obligaciones hipotecarias en número de 466, por valor de 46.600 pesetas, que rentarían el 7% anual con las siguientes condiciones:

“1ª.- Que la fecha de emisión fuese el mismo día de otorgamiento de escritura, figurasen al portador, de 100 pesetas cada una, reembolsables por sorteo en 99 años contados desde el 30 de octubre de 1885.
2ª.- Que las obligaciones rentasen un interés del 7% anual, pagadero el 1 de noviembre de 1886 e igual día y mes de los años sucesivos.
3ª.- Que la finca quedase hipotecada al pago de las expresadas obligaciones e intereses correspondientes, en la parte proporcional que a cada obligado correspondiese.”

Para finalizar el capítulo de aprobaciones, en este 30 de octubre de 1885, también lo sería el Reglamento de la Plaza de Toros y que sería impreso en la rotativa de Blas González López a comienzos de 1886.

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