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Haro abre el plazo para solicitar subvenciones para la rehabilitación de edificios del casco histórico

Las obras deberán superar los 2.000 euros de ejecución material para poder optar a la subvención

El Ayuntamiento de Haro ha abierto el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación de viviendas y locales comerciales en el casco histórico de la ciudad. Hasta el 30 de noviembre se pueden pedir las subvenciones para aquellos edificios que están recogidos dentro de la ordenanza municipal del 23 de junio de 2017.

Las solicitudes se pueden presentar en la primera planta del Consistorio. Allí mismo se puede acceder también a la información de la ordenanza y de la convocatoria. Las obras deberán superar los 2.000 euros de ejecución material para poder optar a la subvención.

Requisitos

  1. Que las viviendas o locales estén dentro del área delimitada por el Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Haro (PEPCHA). También se pueden solicitar para los edificios que dispongan de un régimen de protección establecida por el Plan General Municipal aún no estando dentro del área anterior. (Anexos I yII de la Ordenanza).
  2. La antigüedad del edificio tiene que ser mayor de 15 años.
  3. El estado del edificio debe aconsejar una intervención para su rehabilitación.
  4. Si la rehabilitación es solo de fachada, hay que acreditar que el inmueble cumple las condiciones mínimas de estabilidad.
  5. No encontrarse sujeto a limitaciones que impidan el uso previsto ni estar calificados fuera de ordenación.

De acuerdo con la normativa vigente, en aquellos edificios que superen los 30 años de antigüedad, la solicitud deberá ir acompañada de una ITE (Inspección Técnica de Edificios) y en los inmuebles de más de 50 años, de una IEE (Inspección de Evaluación de Edificios) de manera previa a la solicitud de la ayuda.

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Dentro de la ordenanza se recoge también un apartado especial de subvenciones para las instalaciones especiales y la eliminación de barreras arquitectónicas.

Además, aquellas personas que deseen optar a la subvención deben presentar: fotocopia del NIF del solicitante o NIF de la persona jurídica (si se actúa en representación de la misma, junto a la inscripción en el Registro Mercantil y la escritura de apoderamiento), documentación que acredite la condición de beneficiario, declaración del solicitante relativa a la inexistencia de concurrencia con otras ayudas, declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, presupuesto detallado de la obra suscrito por el contratista y el proyecto técnico en el caso de que sea necesaria la intervención de un facultativo y acta de la Comunidad de Propietarios en el que figure la aprobación de las obras y del presupuesto de las mismas.

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