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Absuelto el acusado del atropello mortal en Haro por padecer esquizofrenia paranoide

Se impone al acusado la medida de seguridad de internamiento en un centro psiquiátrico por un periodo que no podrá exceder de 15 años
Foto: Guardia Civil

La Magistrada Presidenta, en virtud del veredicto del Tribunal del Jurado, ha absuelto al acusado de matar a un sanitario y provocar lesiones de diversa consideración a otras cinco personas al atropellarlas con su vehículo cuando se encontraban en el aparcamiento del Centro de Salud de Haro el 4 de septiembre de 2023.

En la sentencia se reconoce “la eximente completa de responsabilidad criminal de alteración psíquica del delito de homicidio consumado, de los dos delitos complejos de homicidio y atentado en tentativa y de los tres delitos de homicidio en tentativa de los que es declarado autor”.

Por otra parte, se impone al acusado “la medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico por un periodo que no podrá exceder de 15 años, el cual se llevará a cabo en un centro psiquiátrico penitenciario, cuya dirección deberá emitir informe, al menos anual, respecto a la evolución del referido”. Según se argumenta en la sentencia, el internamiento es necesario “a fin de garantizar un correcto tratamiento de la enfermedad”.

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Libertad vigilada durante cinco años después del internamiento

Además, la sentencia impone al acusado la medida de libertad vigilada durante cinco años después del cumplimiento de la medida de seguridad privativa de libertad.

La Magistrada Presidenta condena al acusado y a la compañía de Seguros Generali España SA a indemnizar directa y solidariamente a las víctimas “por los daños y perjuicios que resulten acreditados y que se deriven de los hechos declarados probados en la ejecución de la sentencia”.

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El pasado 3 de junio el Tribunal del Jurado declaró culpable al acusado de atropellar a seis personas en el Ambulatorio de Haro, en el que un sanitario resultó muerto. El Tribunal Popular no le halló responsable criminalmente de los hechos al padecer una esquizofrenia paranoide que en el momento de los hechos anuló completamente sus capacidades intelectivas y/o volitivas, según se recoge también en la sentencia.

Según declaró el Jurado en su veredicto, la muerte del sanitario fue “fruto del delirio que sufría” por lo que determinó que se trata de un homicidio sin alevosía.

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