Una usuaria de las piscinas climatizadas presentó una relcamación en la que exigía una retribución por los daños producidos en la instalación: una quemadura de primer grado y hematomas en su rodilla y muslo izquierdos, sufridas en abril de 2019, como consecuencia de “la succión y absorción de su pierna por el sistema de circulación del agua”.
Reunia la Junta de Gobierno Local, el equipo de gobierno dice apoyarse en la ley de contratos del sector público para derivar la denuncia a la empresa adjudicataria del servicio, Ferrovial: “Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Los terceros podrán requerir previamente, dentro del año siguiente a la producción del hecho, al órgano de contratación para que éste, oído el contratista, informe sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños. El ejercicio de esta facultad interrumpe el plazo de prescripción de la acción”.
La mujer denunció lo ocurrido en las piscinas climatizadas en las dependencias de la Guardia Civil y reclamó entonces al Consistorio la responsabilidad patrimonial por haber tenido lugar el incidente en unas instalaciones municipales.
Tras la denuncia, el Ayuntamiento encargó el informe pertinente que explica en sus conclusiones que los hechos denunciados por la usuaria se correspondían “con la realidad”, pero considera que “el pronunciamiento de los daños reclamados recae sobre la empresa adjudicataria del contrato de gestión y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales”, que en este caso es la empresa Ferrovial.
Por todo ello, el Consistorio jarrero ha trasladado a la citada empresa la decisión de indemnizar a esta mujer que resultó herida al utilizar el servicio de jacuzzi de las piscinas municipales cubiertas de El Mazo.





