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¿Cómo dar de alta una comercializadora de gas?

En España, el primer paso para la inscripción de la comercializadora es crear una sociedad mercantil, que suele ser una limitada o una anónima
Foto de Myko Makhlai en Unsplash

Gracias a la liberalización del sector de la energía, se han abierto las puertas a nuevas empresas, que ya no tienen que ser las clásicas del IBEX 35. Por lo general, se trata de compañías más pequeñas que ofrecen precios más competitivos que las grandes y una mejor atención al cliente.

Ahora bien, y pese a que el software para comercializadoras de gas lo hace todo más sencillo, dar de alta una nueva comercializadora es algo complejo.

Requisitos legales

En España, el primer paso para la inscripción de la comercializadora es crear una sociedad mercantil, que suele ser una limitada o una anónima. Además, el objeto social de la empresa no puede ser cualquiera. Aquí, se debe incluir como objeto social la comercialización de gas.

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A ello hay que sumar tener capacidad técnica y económica. Es necesario demostrar que hay una buena cantidad de dinero disponible y que se tienen los medios técnicos (en este caso, infraestructura tecnológica) para llevar adelante la operación.

Declaración responsable ante el Ministerio

La licencia que se pide en otros negocios, aquí se sustituye por una declaración responsable, la cual se presenta al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

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Bajo la responsabilidad de la nueva comercializadora, en el documento se manifiesta que se cumplen con los requisitos que se exigen en la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.

Si no hay oposición alguna al proyecto, la empresa entra en el Listado de Comercializadoras de la CNMC.

Se aportan una serie de garantías financieras

Esta es la parte en la que muchas empresas dan marcha atrás. Hay que aportar estas garantías:

  • De contratación: es necesario hacer un depósito en efectivo o depositar un aval bancario, que cubra el pago de los peajes y los cánones de acceso a las redes.
  • De desequilibrio: el gas que se compra debe coincidir con el que los clientes consumen. Si se produce un desajuste entre ambas cifras, este se tiene que cubrir y para ello se necesita un respaldo económico.
  • Si detrás de la nueva comercializadora no hay un banco amparando el proyecto, los agentes del mercado no darán la aprobación para que esta inicie su actividad.

Contratos y protocolos

Con el visto bueno de la administración y depositados los avales bancarios, aún queda un paso más.

Este consiste en firmar los contratos con las distribuidoras en las que se vaya a captar clientes. Además, hay que integrarse en el sistema de intercambio de información, que es una base de datos en donde se tramitan las altas, bajas y cambios de compañía de los clientes de manera electrónica.

Aquí, es importante explicar que por cada zona de España hay asignada una distribuidora, que es la que lleva el gas desde las plantas a las viviendas a través de un sistema de tuberías que hay en todas las ciudades.

Así, lo que hace la comercializadora es comprar ese gas y venderlo, pero sin ocuparse en ningún momento de su generación o traslado a la casa del cliente final.

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