Efectivos del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) han investigado a un varón de 60 años, natural y residente en Albelda de Iregua (La Rioja), como presunto autor de un delito continuado contra la fauna y otro de maltrato animal.
Los hechos se produjeron en un Coto Municipal de Caza de la localidad, en el que el investigado presuntamente instalaba medios de captura no selectivos, prohibidos por la normativa vigente.
Trampa mortal en zona protegida
El hallazgo se produjo tras el aviso de una ciudadana, cuyos perros quedaron atrapados por un dispositivo oculto entre la vegetación. El artefacto consistía en un lazo metálico fabricado con cable de acero trenzado de dos metros, con un mecanismo de cierre automático diseñado para capturar por estrangulamiento. El dispositivo estaba colocado junto a una balsa de riego, punto habitual de hidratación para la fauna silvestre, dentro de una zona protegida y vallada.
Dos perros atrapados, uno por el cuello
Según la denunciante, mientras paseaba por la zona con sus perros, estos activaron la trampa. Uno de ellos quedó atrapado por el cuello y el otro por una pata, desencadenando una situación de pánico. Afortunadamente, los animales pudieron ser liberados a tiempo, aunque presentaban signos de sufrimiento y lesiones.
Grabado rearmando la trampa con un menor presente
Ante la gravedad de los hechos, especialistas del Seprona activaron un dispositivo de vigilancia encubierta. Las cámaras instaladas en el entorno captaron en al menos dos ocasiones cómo el lazo era rearmado por un individuo, reforzando la hipótesis de un uso continuado e intencionado. En una de las grabaciones se observa al sospechoso descender de un vehículo Citroën y manipular el dispositivo durante más de dos minutos. Llama la atención la presencia de un menor, a quien supuestamente instruía durante la maniobra, lo que agrava aún más la situación.






Medio de captura prohibido
Consultado por los agentes, el Gobierno de La Rioja confirmó que no existe autorización vigente para el uso de medios de captura no selectivos (MNSC) en el coto afectado ni en sus alrededores. Este tipo de trampas están expresamente prohibidas por su carácter indiscriminado, al no permitir seleccionar la especie a capturar. Supone un grave riesgo para la fauna, animales domésticos e incluso personas que transiten la zona.
Delitos contra la fauna y maltrato animal
Por estos hechos, el investigado se enfrenta a un delito continuado contra la fauna (art. 336 del Código Penal) en concurso con un delito de maltrato animal (art. 340 bis). El primero sanciona el uso de medios destructivos o no selectivos en la caza, y puede conllevar penas de prisión, multa o inhabilitación. El segundo contempla el maltrato que cause sufrimiento sin lesiones o lesiones leves, castigado también con prisión, multa o inhabilitación para tener o trabajar con animales.
Las actuaciones han sido puestas a disposición de la autoridad judicial.




